jueves, 9 de mayo de 2013

¿QUIÉN NO PUEDE PEDIR CITA PREVIA EN HACIENDA?

No todos los contribuyentes tienen el servicio gratuito de pedir la cita previa y poder realizar en la Agencia Tributaria tanto el borrador como la cumplimentación del programa P.A.D.R.E.

Estos colectivos son los que no pueden pedir cita previa, por lo tanto, deberán utilizar el programa P.A.D.R.E para cumplir con las obligaciones tributarias.

1) Los contribuyentes que realicen actividades económicas (autónomos) excepto aquellos que vayan por módulos, es decir, que si tributas en régimen de estimación objetiva no te van a dar cita previa.

2) Los contribuyentes que perciban rendimientos por arrendamientos de más de un inmueble.

3) Los contribuyentes que hayan realizado más de 2 operaciones que generen ganancias patrimoniales (venta de inmuebles, acciones y otros bienes).

4) Los contribuyentes que hayan enajenado (venta, donación, trueque) su vivienda habitual y no quieran acogerse al beneficio de la exención por reinversión.

5) Los que hayan percibido subvenciones no vinculadas a actividades económicas en estimación directa.

6) Los que tengan rendimientos de trabajo superiores a 65.000 €.

7) Los que obtengan rendimientos del capital mobiliario superiores a 15.000 €.

8) Los que obtengan ganancias patrimoniales no sometidas a retención o ingreso a cuenta.

9) Los que tengan rentas imputadas en régimen de atribución de rentas y no estén dentro de las actividades económicas.

10) Los que tengas inmuebles a su disposición (cedidos a terceros) que no se deban integrar en la base imponible de rentas inmobiliarias.

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